miércoles, 14 de noviembre de 2007

La reserva negada

Quienes quisieron negarle el carácter de tal, fraccionaron su costa con portones y alambrados el día 22 de Diciembre de 1993. Desde entonces, uno de esos sectores se convirtió en un Club, al que llaman “La Reserva”, figurando en la guía de teléfonos como RESERVA NATURAL DE GRANADERO BAIGORRIA mientras que en un sector contiguo (yendo hacia el Sur), convertido en una playa donde cobran entrada, funciona una confitería llamada también “LA RESERVA”. Siguiendo en la misma dirección, una vez pasada la bajada de Calle Estrada, nos encontramos con un tercer sector, de 300 metros de costa, en cuyo extremo Sur –lindante con la Ciudad Deportiva de Rosario Central– se encuentra un caserío de “Pescadores Artesanales” (llamados así en la nomenclatura de la Administración de Parques Nacionales, en cuyos registros figura esta reserva desde el año 1994 dentro de la categoría –UICN– de “Areas de Paisaje Protegido”). En ese lugar, el pescador Manuel Roldán, asesorado por quienes entienden en la materia, estaba levantando una construcción típicamente isleña, sobre pilotes de tronco plantados en la costa, la cual fue desmantelada por una cuadrilla municipal –con apoyo de la policía– alegando que en dicho sitio debía instalarse un “surtidor de nafta para lanchas”, promovido por el entonces concejal, y actualmente intendente de Granadero Baigorria, Daniel Lioy. Al asumir la intendencia, y para cumplir sus propósitos, encaró un “relleno” de más de 70.000 m3 de tierra, escombro y basura, dando inicio así a un megaproyecto de Guardería Náutica (Boating), que incluiría al mencionado surtidor de nafta para lanchas, y demás instalaciones destinadas a ese fin pero los trabajos quedaron paralizados por la justicia ante una “Demanda Cautelar Innovativa” promovida por los abogados Mario y Santiago Strubbia, y por una “Acción de Rechazo” a la revocatoria de la cautelar que protege a esta reserva (que había sido solicitada por la municipalidad) acción ésta patrocinada por el abogado Gonzalo Miño en representación de los ecologistas y vecinos que luchan por la supervivencia de esta reserva. En ambos casos, las actuaciones judiciales se fundaron en una fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia que ratifica los fallos de primera instancia, basados en la Ley 10.000 de “Intereses Difusos”, marco jurídico de las demandas iniciadas en el año 1992 por un grupo de vecinos y ecologistas (algunos de ellos impulsores de la creación de esta reserva) ante hechos que implicaban un absoluto desconocimiento de la normativa proteccionista vigente en el sector. Tales como la destrucción de montes de Ceibos y la descarga masiva de cientos de camionadas de escombros de hormigón desde lo alto de la barranca, con la consiguiente destrucción de la vegetación autóctona –y su avifauna asociada– existente en las paredes de la misma, de una altura aproximada de 14 metros. Esta reserva –constituída por las 6 manzanas costeras del Barrío Paraíso, con sus correspondientes 600 metros de barrancas y playa– que ocupa el solar donde antiguamente existiera un famoso vivero de especies forestales (de ahí la existencia de magestuosos árboles de más de 100 años de antigüedad), está siendo negada en su carácter de tal, del mismo modo como está siendo negado un fallo que sienta precedentes en la jurisprudencia medio ambiental del país, que exige la preservación del área y la restitución al uso público de su franja costera, retirando portones y alambrados. Sus barrancas en estado “No Modificado”, la añosa arboleda existente, el caserío de “Pescadores Artesanales” y el alto valor escénico de su paisaje son caracteres que no pueden ser negados, a pesar de los intentos y de las fantasías de quienes buscan darle un destino distinto al que dio origen a su creación. Toda negación será transitoria mientras pueda sobrevivir la cosa negada; más aún si cuenta con el apoyo de la Justicia, como en este caso, y si los medios de prensa le dan la debida difusión. E-mail: reserva_natural@hotmail.com / www.ambiente-ecologico.com

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